Inimputabilidad y tratamiento recomendado para los enajenados mentales que cometen delitos.
Primeramente se debe de tener presente que el término jurídico de inimputabilidad se refiere al estado en el cual se encuentra un sujeto que no puede ser culpado de un delito ya que a la hora de la comisión del mismo el sujeto no contaba con la compresión de su accionar o las consecuencias de este. ( Guerrero, s.f)
Ahora bien, partiendo de este concepto se puede analizar que entonces hay personas que no todas las personas que cometen un hecho delictivo se encuentran completamente conscientes en todos las las áreas de la acción que están ejecutando, aun cuando esta vaya en contra de la ley. Hay muchas razones que explican cómo una persona puede no estar consciente de este tipo de eventos y dentro de ellos están las enfermedades mentales o quienes tienen una dependencia extrema de una sustancia psicotrópica.
En los siguientes párrafos se desarrollara como se manejan aquellos delitos y por ende sus actores cuando entran bajo la categorización de personas en conflicto con la ley pero que padecen alguna enfermedad mental.
Hay diferentes enfermedades mentales como la esquizofrenia, paranioa, depresion, ansiedad y muchas otras mas que causan una pérdida total o parcial del control de la persona como tal, o sea que esta no está al cien por ciento consciente de las cosas que hace o dice e inclusive pueden tender a percibir situaciones que no son reales pero que en su mente sí lo son.
Cada trastorno mental es diferente y cada persona pude experimentarlo con síntomas diferentes, por lo que no es tan fácil para los especialistas diagnosticar a una persona con este tipo de condiciones.
Y si nos trasladamos al ámbito penal y criminológico, las personas que presentan estas enfermedad son un blanco fácil para ser tanto victimarios como víctimas de un hecho delictivo. Debido a que delitos como el homicidio , violaciones, robos y entre otras manifestaciones de violencia , son de los casos más comunes en esta población.
Muchas de las personas que desarrollan una enfermedad mental, no la descubren a tempranas edades y esto lleva a que al no estar expuestas a medidas rehabilitadoras o de control pues puedan ejecutar acciones que ante el resto de la sociedad son extrañas e insólitas y hasta son catalogados como "locos e inmaduros" pero en realidad no dimensionan lo peligroso y grave en lo que podría convertirse conductas de rechazo o burla.
Por ejemplo: Si una madre mata a su hijo, y como justificación de que ella escuchaba voces que la amenazaban con secuestrar a su hijo. Entonces ella le da a tomar una bebida en la cual disuelve una sustancia tóxica, pero que ella pensaba que era para que el joven durmiera y así las voces " un hombre" no lo encontrara al escuchar la vos del mismo y por ende no se lo pudiera llevar.
Ella podría argumentar todo este hecho como forma de protección para " esconder" a su hijo, ante el raciocinio de cualquier persona esto jamás sería un motivo de justificación y además parece una mentira en la cual la madre quiere salir librada del homicidio.
Pero lo cierto es que ella debe ser sometida a diferentes entrevistas, estudios y pruebas psicológicas, médicas, sociologicas y psiquiátricas para poder comprobar si todo esto es producto de una enfermedad mental como la esquizofrenia o paranoia en las cuales los pacientes evidencian ver y escuchar cosas que los incitan a realizar cosas o sentirse con temor, mostrándose así como resultado en la mayoría de casos conductas violentas que atentan con la vida misma o de otros.
En caso de que las autoridades judiciales encuentren que a la hora del homicidio esta madre en definitiva se encontraba bajo una crisis, por causa de una enfermedad mental, no puede ser declarada como imputable de los hechos y por ende se le cataloga bajo el principio de inimputabilidad.
Pero, de inmediato surge otra situación y es que estas personas no pueden quedar en libertad como si ningún hecho ilícito hubiesen cometido, según la normativa penal y constitucional costarricense este tipo de sujetos deben ser referidos a centros especializados en el trato de estas enfermedades y no a un centro penitenciario común. Si bien es cierto deben de pagar por lo que hicieron, pero bajo condiciones diferentes a la prisión normal.
De ahí que se da paso a la creación de los hospitales psiquiátricos, sin embargo no todas las personas que presentan una enfermedad mental llegan a cometer un delitos. Pero si muchas de ellas requieren de internamientos en este tipo de centros. Por lo que bajo ninguna circunstancia es adecuado que toda esta población,tanto los que han tenido algún conflicto con la ley como los que no estén mezclados.
Inimputabilidad.
ARTÍCULO 42.-
Es inimputable quien en el momento de la acción u omisión, no posea la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, a causa de enfermedad mental, o de grave perturbación de la conciencia sea ésta o no ocasionada por el empleo accidental o involuntario de bebidas alcohólicas o de sustancias enervantes.
( Sistema Costarricense de Información Jurídica, 2020)
Imputabilidad disminuida.
ARTÍCULO 43.-
Se considera que actúa con imputabilidad disminuida quien, por efecto de las causas a que se refiere el artículo anterior, no posea sino incompletamente, en el momento de la acción u omisión, la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho o de determinarse de acuerdo con esa comprensión.
Se considera que actúa con imputabilidad disminuida quien, por efecto de las causas a que se refiere el artículo anterior, no posea sino incompletamente, en el momento de la acción u omisión, la capacidad de comprender el carácter ilícito del hecho o de determinarse de acuerdo con esa comprensión.
( Sistema Costarricense de Información Jurídica, 2020)
Referencias Bibliográficas:
- Guerrero. L. (s.f). Perspectivas en la atención de personas con enfermedad mental y conflicto con la ley. X CONGRESO LATINO-IBEROAMERICANO DE DERECHO MÉDICO. Recuperado el 17 de abril del 2020 de https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/876181/mod_resource/content/0/Atencio%CC%81n%20de%20personas%20con%20enfermedad%20mental%20y%20conflicto%20legal.pdf
- Sistema Costarricense de Información Jurídica. (2020). Inimputabilidad e Imputabilidad Disminuida. Recuperado el 17 de abril del 2020 de http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=5027&nValor3=96389&strTipM=TC
- Villalobos. B. (2018). UCR busca llamar atención de estudiantes y funcionarios sobre salud mental. Semanario Universidad. Recuperado el 17 de abril del 2020 de https://semanariouniversidad.com/universitarias/ucr-busca-llamar-atencion-de-estudiantes-y-funcionarios-sobre-salud-mental/
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